AUTORICESE A la oficina de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Machupicchu, para que conforme a la brevedad posible una comisión de salud Distrital con participación de todos los sectores e instituciones involucradas, para la elaboración del Plan de concertado de prevención y lucha contra la tuberculosis y VIH (SIDA), Malaria, Dengue, Lesmaniasis, enfermedades infectocontagiosas y las enfermedades metaxenicas; para la defensa de la vida y Materno Infantil, en los sectores priorizados por la presente Ordenanza; reglamentado su conformación facultades y cumplimientos por decreto de Alcaldía conforme lo prevé el Art. 42° de la Ley 27972.